Nuevas normas del IVA para el futuro

el comercio electrónico simplificado

¿Qué va a cambiar desde el 1 de julio de 2021?

Actualmente, las empresas de la a compradores ubicados en otro Estado miembro de la UE que realizan ventas a distancia de bienes dentro de la UE por encima de un determinado límite (35 000 EUR o 100 000 EUR, dependiendo del Estado miembro) deben registrarse y pagar el IVA en el Estado miembro de los compradores. Esto es muy costoso y gravoso.

A partir del 1 de julio de 2021 entran en vigor nuevas normas. De acuerdo con estas nuevas normas, para un importe inferior a 10 000 EUR, el IVA puede pagarse al Estado miembro donde se encuentra establecida la empresa vendedora. Por encima de este límite, las empresas podrán registrarse fácilmente en una ventanilla única (OSS), donde podrán declarar y pagar fácilmente el IVA adeudado en otros Estados miembros.


¿Qué es la ventanilla única (OSS)?

La OSS es un sistema electrónico que simplifica hasta en un 95 % las obligaciones en materia de IVA para los vendedores de bienes y los proveedores de servicios a consumidores de toda la UE, ya que les permite:

  • registrarse electrónicamente a efectos del IVA en un único Estado miembro para todas las ventas a distancia de bienes dentro de la UE y para las prestaciones de servicios realizadas por una empresa o profesional a un consumidor y, por lo tanto, evitar el registro a efectos del IVA en varios Estados miembros;
  • declarar y pagar el IVA adeudado sobre todas estas entregas de bienes y prestaciones de servicios en una única declaración electrónica trimestral
  • trabajar con la administración fiscal de su propio Estado miembro y en su propio idioma, incluso si sus ventas son transfronterizas.

¿Qué ventas están incluidas en el ámbito de la OSS?

La OSS comprende lo siguiente:

  • todos los servicios a consumidores de la UE;
  • las ventas de a distancia bienes a compradores de la UE.

¿Cómo registrarse en la OSS?

Cada Estado miembro de la UE tendrá un portal OSS en línea donde las empresas podrán registrarse. Sin embargo, este registro único será válido para todas las ventas a consumidores en otros Estados miembros de la UE.

¿Qué debe hacer si utiliza la OSS?

Si utiliza la OSS, debe:

  • aplicar el tipo de IVA del Estado miembro al que se expiden las mercancías o al que se prestan los servicios;
  • cobrar el IVA al comprador respecto a las ventas a distancia de bienes o las prestaciones de servicios dentro de la UE;
  • enviar una declaración electrónica de IVA trimestral a través del portal OSS del Estado miembro en el que está registrado en la OSS;
  • realizar un pago trimestral del IVA consignado en la declaración de IVA al Estado miembro en el que se haya registrado en la OSS;
  • conservar registros de todas las ventas incluidas en el ámbito de la OSS durante 10 años.

La información sobre los tipos de IVA en toda la UE puede encontrarse en las páginas web de cada Estado miembro y en la página web de la Comisión Europea.

Las ventas a distancia de bienes dentro de la UE se refieren a bienes (que ya están en libre circulación en la UE) ubicados en un Estado miembro y que son vendidos y enviados por o en nombre del proveedor/vendedor a un cliente en otro Estado miembro.

Los Estados miembros de la UE son: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Chequia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Suecia y España.

Más información en https://ec.europa.eu/vat-ecommerce

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